Responsabilidad Contributiva
que
tiene un Empresario
Por:
Roberto Cruz
Para empezar un negocio debe tomar
en consideración las leyes contributivas que le van a impactar. Un empresario debe tener
conocimiento sobre las leyes de: contribución sobre ingresos, aportación al seguro
social, contribución sobre la propiedad mueble, reporte de corporaciones y la patente
municipal.
Contribución Sobre Ingresos
Los negocios debe incluir los ingresos recibidos y deducir los gastos ordinarios y
necesarios para devengar esos ingresos. Los gastos deducibles incluyen lo que el negocio
gasta en luz, teléfono, salarios, renta, materiales, transportación, etc. La empresa
paga la contribución basada en el ingreso neto generado. Al finalizar el año pagará la
contribución sobre ingresos, en la planilla anual a enviar al Departamento de Hacienda.
Las tasas contributivas establecidas, para individuos con negocio por cuenta propia,
fluctúan entre un 8% hasta un máximo de 33% en el ingreso neto. En caso de las
sociedades y corporaciones se pagará entre un 22% hasta un 39% del ingreso neto.
Si decide establecer una
corporación, el dueño puede convertirse en empleado de esta. En ese caso, la
compensación del empleado la puede recibir en forma de salario.
Aportación al Seguro Social
La
corporación tiene la obligación de aportar al seguro social de los empleados. Si
establece un negocio por cuenta propia, en adición a la contribución sobre ingresos,
debe llenar la forma 1040PR para determinar su aportación al seguro social. La
aportación al seguro social se determina multiplicando la tasa de 15.3% al ingreso neto
del negocio por cuenta propia.
Contribución Sobre la Propiedad
Mueble
Todas
las empresas vienen obligadas a pagar la contribucion sobre la propiedad mueble. Esta
contribución se paga al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales. La contribución
se calcula a base del valor en los libros de toda la propiedad mueble utilizada en el
negocio. La propiedad mueble incluye: la maquinaría, los equipos, los muebles, las
mejoras y los inventarios. Esta contribución se paga mediante la radicación de una
planilla antes del 15 de mayo de cada año. Las tasas contributivas son determinadas por
las asambleas municipales del pueblo, donde se encuentre la propiedad mueble.
Patente Municipal
Los
municipios también cobran una patente a todos los negocios establecidos en el municipio.
La patente municipal es una contribución sobre el ingreso bruto del negocio. Esta patente
se paga al municipio, a través de la oficina del tesorero municipal. La cantidad a pagar
varia dependiendo del municipio en el que está el negocio. La contribución fluctúa
entre un 3% y un 7% del total del ingreso del negocio.
Otras Contribuciones
En
adición a las contribuciones mencionadas, existe el arbritrío, el informe anual de
corporaciones, el fondo del seguro del estado y las planillas de desempleo e incapacidad.
Ante la gran cantidad de planillas
y reglamentos contributivos puede sentirse confundido. Si necesita ayuda puede llamar al
(787)727-7055. Puede ser asesorado, usted y su negocio, para poder cumplir con su
obligación contributiva.
Para recibir información de negocios y para reducir sus
contribuciones, puede llamar al (787)727-7055 o
enviarnos un E-Mail a
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