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      casa[1].jpg (13929 bytes)                                                Responsabilidad Contributiva                  que tiene un Empresario                                                         Por: Roberto Cruz

                                   


Para empezar un negocio debe tomar en consideración las leyes contributivas que le van a impactar. Un empresario debe tener conocimiento sobre las leyes de: contribución sobre ingresos, aportación al seguro social, contribución sobre la propiedad mueble, reporte de corporaciones y la patente municipal.

Contribución Sobre Ingresos                                                                               Los negocios debe incluir los ingresos recibidos y deducir los gastos ordinarios y necesarios para devengar esos ingresos. Los gastos deducibles incluyen lo que el negocio gasta en luz, teléfono, salarios, renta, materiales, transportación, etc. La empresa paga la contribución basada en el ingreso neto generado. Al finalizar el año pagará la contribución sobre ingresos, en la planilla anual a enviar al Departamento de Hacienda. Las tasas contributivas establecidas, para individuos con negocio por cuenta propia, fluctúan entre un 8% hasta un máximo de 33% en el ingreso neto. En caso de las sociedades y corporaciones se pagará entre un 22% hasta un 39% del ingreso neto.

Si decide establecer una corporación, el dueño puede convertirse en empleado de esta. En ese caso, la compensación del empleado la puede recibir en forma de salario.

Aportación al Seguro Social                                                                              La corporación tiene la obligación de aportar al seguro social de los empleados. Si establece un negocio por cuenta propia, en adición a la contribución sobre ingresos, debe llenar la forma 1040PR para determinar su aportación al seguro social. La aportación al seguro social se determina multiplicando la tasa de 15.3% al ingreso neto del negocio por cuenta propia.

Contribución Sobre la Propiedad Mueble                                                     Todas las empresas vienen obligadas a pagar la contribucion sobre la propiedad mueble. Esta contribución se paga al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales. La contribución se calcula a base del valor en los libros de toda la propiedad mueble utilizada en el negocio. La propiedad mueble incluye: la maquinaría, los equipos, los muebles, las mejoras y los inventarios. Esta contribución se paga mediante la radicación de una planilla antes del 15 de mayo de cada año. Las tasas contributivas son determinadas por las asambleas municipales del pueblo, donde se encuentre la propiedad mueble. 

Patente Municipal                                                                                             Los municipios también cobran una patente a todos los negocios establecidos en el municipio. La patente municipal es una contribución sobre el ingreso bruto del negocio. Esta patente se paga al municipio, a través de la oficina del tesorero municipal. La cantidad a pagar varia dependiendo del municipio en el que está el negocio. La contribución fluctúa entre un 3% y un 7% del total del ingreso del negocio.

Otras Contribuciones                                                                                          En adición a las contribuciones mencionadas, existe el arbritrío, el informe anual de corporaciones, el fondo del seguro del estado y las planillas de desempleo e incapacidad.

Ante la gran cantidad de planillas y reglamentos contributivos puede sentirse confundido. Si necesita ayuda puede llamar al (787)727-7055. Puede ser asesorado, usted y su negocio, para poder cumplir con su obligación contributiva.                             

Para recibir información de negocios y para reducir sus contribuciones, puede llamar al (787)727-7055 o enviarnos un E-Mail a newani.gif (1418 bytes)                                                                                   aquí   Email.gif (8675 bytes) here